Derecho de familia europeo e internacional

Debido a la globalización y al crecimiento de Europa y el mundo entero, especialmente el derecho internacional de familia es cada vez más importante. De esto surgen, en consecuencia, también preguntas complejas y de largo alcance de las partes de diferente nacionalidad y ascendencia, en particular, qué sistema legal se aplica en absoluto y qué tribunales son competentes en caso de disputa, si ambos cónyuges tienen la misma nacionalidad o residencia o el matrimonio fue cerrado en el extranjero.

 

Aquí se aplican tanto las regulaciones alemanas como a menudo las regulaciones de la UE y los tratados internacionales.

 

En particular, somos capaz de reaccionar para ustedes en las siguientes áreas del derecho internacional de familia:

 

  • Examen de conformidad con las normas de conflicto de leyes de derecho internacional privado de los estados interesados para la determinación de responsabilidades y la ley aplicable.
  • Ejecución de reclamos de derecho de familia como mantenimiento, ganancia, etc. también transfronterizo
  • Asesoramiento y representación en casos internacionales en torno a la custodia y residencia de los niños
  • Asesoramiento y representación en cuestiones de descendencia y paternidad.
  • Aclaración del reconocimiento de decisiones de tribunales extranjeros a nivel nacional o viceversa.
  • Contratos de matrimonio para cónyuges con diferente nacionalidad y lugares de residencia cambiantes con una elección favorable de la ley.
Cuidado parental

En el ámbito de la atención parental, el Convenio de La Haya sobre Protección de la Infancia (denominado KSÜ) está en vigor desde el 1 de enero de 2011. El derecho internacional privado alemán está siendo expulsado de su alcance por la Convención de La Haya sobre la Protección del Niño. La ley del estado en el que el niño tiene su residencia habitual regirá la asignación y terminación de la responsabilidad parental por ley. La ley del estado en el que el niño es residente habitual también es relevante para la asignación de la responsabilidad parental por acuerdo o transacción legal unilateral. Si el niño cambia su residencia habitual, la responsabilidad parental continuará conforme a la ley de su lugar de residencia habitual según la Convención de La Haya sobre la protección de los Niños.

 

Esto significa para los padres solteros cuyo hijo común ha vivido en un país en el que los padres ya tienen el derecho a la autoridad parental común y que el cuidado parental común se sigue manteniendo incluso si el niño ahora vive en Alemania, incluso si no hay ningúna declaración de custodia disponible.

Manutención

Para el mantenimiento en casos transfronterizos, el Reglamento de Mantenimiento de la UE y el Protocolo de La Haya de 2007 han estado en vigor desde 2011 en Alemania. El Protocolo de La Haya determina qué ley nacional se utilizará para regular el mantenimiento. El Reglamento de Mantenimiento de la UE contiene disposiciones sobre qué tribunal tiene jurisdicción internacional. Aquí, también, la situación legal ahora permite acuerdos entre las partes involucradas. Por lo tanto, bajo ciertas condiciones, las partes pueden acordar qué ley nacional debería aplicarse y qué tribunal debería tomar la decisión.

Divorcio y separación

Para el divorcio y la separación, el Reglamento Roma III se aplica a los Estados miembros europeos. Especifica qué ley nacional se aplica al divorcio de una pareja casada en un contexto internacional. Hasta ahora, la nacionalidad de la pareja fue fundamentalmente decisiva para esta cuestión en virtud del derecho privado internacional alemán. Ahora la residencia habitual es el criterio decisivo para la ley aplicable.

 

Además, esta nueva situación legal proporciona a los cónyuges más margen de maniobra. También se puede elegir la ley aplicable al divorcio durante el proceso de divorcio. Estos nuevos márgenes se pueden usar convenientemente en el contexto de un contrato de matrimonio o un acuerdo de solución de divorcio. Para tener en cuenta también existen acuerdos entre estados individuales.

Reconocimiento de paternidad, impugnación de paternidad, comprobación de paternidad

Esto depende de la ley en la que el niño tenga su residencia habitual (Art. 21 EGBGB). Para un niño que tiene su residencia habitual en Alemania, se puede por ejemplo reconocer la paternidad bajo la ley alemana. Eso también es aplicable incluso si el padre vive en el extranjero. El padre puede declarar su paternidad bajo las disposiciones del derecho internacional de familia ante un funcionario consular de la embajada alemana.
El consentimiento requerido de la madre (y posiblemente del niño) puede tener lugar en Alemania en la forma adecuada. La declaración de aprobación y la declaración de reconocimiento no tienen que hacerse en el mismo lugar.

 

Por cierto, el reconocimiento de paternidad o por ejemplo una impugnación de paternidad también tiene lugar bajo la ley del estado al que pertenece el padre, si el padre es, por5 ejemplo de nacionalidad francés, el reconocimiento de paternidad también puede ser otorgado bajo la ley francesa.

 

Si la madre del niño está casada, el derecho a solicitar la prueba de paternidad, la impugnación y la comprobación también se puede conferir por el derecho al que pertenecen ambos cónyuges o que pertenecieron por última vez al matrimonio, si uno de ellos todavía pertenece a ese estado. De lo contrario, se aplica la ley del estado en el que ambos cónyuges tienen su residencia habitual, o, alternativamente, la ley del estado con el que los cónyuges están más estrechamente relacionados de otras maneras.

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